Auxiliares de educación

Gobierno dispone incremento salarial y asignaciones a los auxiliares de educación
Martes, 01 de noviembre del 2016

ECONOMÍA17:31
Este incremento se hará efectivo en noviembre. El Minedu específico que estos profesionales recibirán, por primera vez, asignaciones y bonificaciones mensuales adicionales a su remuneración. Alrededor de 21,000 personas se beneficiarán con la medida.


Más de 21,000 auxiliares de educación tendrán un incremento en sus haberes desde noviembre y – por primera vez – recibirán asignaciones y bonificaciones mensuales adicionales a su remuneración, por condiciones especiales del servicio como la ubicación, las características y tipo de institución educativa en la que laboran, equivalente a los que perciben los profesores, informó el Ministerio de Educación.

Esta medida forma parte de las acciones que realiza la institución por mejorar las condiciones laborales de los auxiliares de educación. Con ella se beneficiarán a 11,123 auxiliares de educación nombrados y 9,949 contratados, de instituciones de educación básica regular del nivel inicial y secundaria, así como de educación básica especial de inicial y primaria, quienes no tenían una mejora remunerativa desde hace 10 años.

Este aumento salarial, cabe precisar, está especificado en el Decreto Supremo No.296-2016-EF publicado el último 22 de octubre y establece que la remuneración de un auxiliar de educación nombrado en S/1,200 y contratado en S/1,100, en función a su cargo y a una jornada laboral de 6 horas diarias o 30 horas cronológicas, de esta forma, elimina los grupos remunerativos anteriores.

Así, se dispone que los auxiliares de educación podrán percibir hasta cuatro asignaciones temporales o bonificaciones acumulables por prestar servicio efectivo en una institución educativa pública unidocente (S/200), multigrado (S/140) o bilingüe (S/50) y por trabajar en una zona rural (entre S/70 y S/500), frontera (S/100) o en el Vraem (S/300).

Finalmente, se establece las condiciones y criterios para el otorgamiento de beneficios como son la asignación por tiempo de servicios (ATS), compensación por tiempo de servicios (CTS), subsidio por luto y sepelio, así como las vacaciones truncas, remuneración vacacional y compensación vacacional que se otorgan al momento del cese laboral.
FUENTE:

Profesores contratados


Maestros contratados recibirán aumento de sueldo en agosto
Importante. El incremento de remuneraciones será de hasta S/ 536. Beneficio será para 160 mil docentes a nivel nacional.

     
28 Jun 2017 | 06:45 h
En clase. Docentes contratados ganarán igual que nombrados de la 1° escala magisterial.


El aumento llegará antes de lo que se había anunciado. Tal como se informó a inicios de año, en agosto próximo, más de 160 mil profesores públicos contratados recibirán un incremento de remuneraciones de hasta S/ 536, como parte de las medidas que impulsa el Ministerio de Educación (Minedu) para mejorar las condiciones de trabajo de los maestros en el marco de la revalorización de la carrera docente.

De acuerdo con el Decreto Supremo N° 191-2017-EF publicado ayer en El Peruano, el incremento beneficiará a todos los profesores contratados, quienes nivelarán su jornada de trabajo y sueldo con los profesores nombrados de la primera escala magisterial.

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El aumento se otorgará a partir del mes de agosto de este año, lo que representa un importante adelanto de este beneficio previsto inicialmente para noviembre.


El incremento será así: de S/ 1554 a S/ 1780 para los profesores de Educación Básica Regular y Especial de los niveles inicial y primaria, al igual que para los profesores de Educación Básica Alternativa del ciclo inicial/intermedio y los de Educación Técnico Productiva, quienes mantendrán su jornada laboral de 30 horas.

Los profesores de Educación Básica Regular de secundaria también tendrán un aumento de S/ 1243 a S/1780.

Asimismo, se incrementará de S/ 1243 a S/ 1543 la remuneración de los profesores de Educación Básica Alternativa (EBA).

En el caso de los docentes coordinadores de los programas no escolarizados de Educación Inicial (PRONOEI), de la Oficina Nacional Diocesana de Educación Católica (ONDEC) y de la Oficina de Educación Católica (ODEC), el incremento será de S/ 2073 a S/ 2374.

Este aumento en las remuneraciones de los profesores contratados es parte del compromiso del Minedu con la revaloración docente y forma parte de una política de mejora de sus condiciones laborales, informó el portafolio.

Este es el primer tramo de un incremento que ofreció el presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski. El segundo tramo se concretará el próximo año, cuando todos los docentes nombrados y contratados llegarían a un piso salarial de S/ 2000.

Para la representante del Foro Educativo, Teresa Tovar, la modalidad del contrato de docentes debería eliminarse progresivamente, ya que en los últimos años se ha incrementado su proporción de 10% al 27%.

En tanto, Manuel Paiba, abogado especialista en legislación magisterial, opina que el mayor crecimiento del número de docentes contratados se registró entre los años 2015 y el 2016.

Datos
Es necesario recordar que los contratados no cuentan con estabilidad laboral, pese a que trabajan las mismas horas que los nombrados en los colegios públicos del país.
La mayoría de contratados cuentan con diez años de servicio. Tienen más de 40 años, tienen hijos y no reciben bono de escolaridad.

Profesores nombrados

Oficializan aumento salarial para 238 mil docentes nombrados
Medida. El gobierno publicó un decreto supremo con el que se eleva el pago por hora de trabajo de S/ 51.83 a S/ 59.35. Así, el sueldo mínimo aumenta a S/ 1.780 por 30 horas mensuales.

   
30 Mar 2017 | 06:58 h
Más dinero. Los profesores de la primera escala salarial pasarán a ganar S/.1,780


Se oficializó el primer tramo del aumento salarial. Desde fines de este mes, los más de 238 mil profesores nombrados que laboran en los colegios públicos del país verán un incremento en sus sueldos. Esto luego de que el gobierno fijara el monto que se les pagará por cada hora de enseñanza en el aula.

De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 070-2017-EF, publicado ayer en las normas legales del diario El Peruano, el pago por hora de trabajo se ha elevado de S/ 51,83 a S/ 59,35.

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De esta forma, el salario mínimo de los docentes de la Ley de Reforma Magisterial se incrementará de S/ 1.554 a S/ 1.780 por 30 horas mensuales, como ya lo había anunciado La República desde noviembre pasado.


Este aumento de S/ 226 les corresponde a aquellos ubicados en la primera escala de las ocho existentes en la llamada Carrera Pública Magisterial. Los de la segunda dejarán de ganar S/ 1.710 y percibirán S/ 1.958. El incremento también incluye a los docentes de los demás niveles (ver infografía).

Para el secretario general del Sindicato Unitario de Trabajadores en la Educación del Perú (Sutep), Alfredo Velásquez, este aumento no es el acordado en campaña electoral, ya que Pedro Pablo Kuczynski les prometió elevar su piso salarial hasta S/ 2.000 desde este año.

“La mayoría de maestros nombrados se ubica en la primera y segunda escala, por lo que durante todo el 2017 vivirán todavía con sueldos que no llegan a los S/ 2.000”, aseveró.

Según los planes del Ministerio de Educación (Minedu), recién en el 2018 los profesores percibirán este último monto.

Para ello, se espera que el año siguiente se eleve de nuevo el pago por hora del trabajo docente. Pasará de S/ 59,35 a S/ 62,50. Sin embargo, también habrá un incremento de horas, ya que los profesores deberán trabajar ya no 30 al mes sino 32.

“De qué incremento de dinero hablamos, si vamos a trabajar más”, criticó Velásquez.

Este no es un aumento propiamente dicho, afirmó el especialista en legislación magisterial, Manuel Paiba, ya que para los nuevos sueldos el Minedu ha reducido las ratios (porcentajes de aumento salarial entre una y otra escala) de la Ley de Reforma Magisterial.

“Con este cambio se afecta sobre todo a los de la quinta y sexta escala, que con sus años de servicio y experiencia van a recibir aumentos mínimos. Por ejemplo, aquellos ubicados en la sexta dejarán de ganar S/ 3.109 y percibirán S/ 3.115; es decir, apenas 6 soles adicionales”, explicó.

Paiba señaló que esto implica un ahorro para el Estado porque el Ministerio de Economía y Finanzas no gastará más. “Lo que se les ha aumentado a unas escalas, se le has disminuido a otras. Al final, no ingresa más dinero a la carrera pública”.


FUENTE

Profesores de Institutos

Profesores nombrados de institutos ganarán entre S/ 2.488 y S/ 2.985
Nueva carrera pública con ley aprobada. Sueldos se harán efectivos automáticamente una vez que se promulgue la norma. Se espera que para el próximo año ganen hasta 3 mil 985 soles. Docentes contratados también recibirán aumentos.

   
11 Jun 2016 | 13:51 h
Otro nivel. Docentes tendrán mejores salarios.
Otro nivel. Docentes tendrán mejores salarios.


La Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior, aprobada el último jueves por el Pleno del Congreso, trae consigo una nueva carrera pública. Esta buscará ordenar, por la vía meritocrática, los sueldos de los más de 11 mil docentes, entre nombrados y contratados, que laboran en las 906 instituciones estatales que hay en el país.

Se debe precisar que desde noviembre del 2012, con la implementación de la Ley de Reforma Magisterial, los más de 8 mil profesores de los institutos tecnológicos públicos no cuentan con un marco legal que regule sus salarios. En todo este tiempo, estos docentes no han tenido ascensos, nombramientos ni otros beneficios debido a que se eliminó su régimen laboral (Ley del Profesorado).

Actualmente, los 3 mil 890 maestros nombrados ganan 2 mil 73 soles (equivalente a la primera escala de la Ley de Reforma Magisterial), 2 mil 280 soles (igual a la segunda escala) y 2 mil 591 (equivalente a la tercera) por 40 horas semanales.

Pues bien, con la ley aprobada se establece ahora una carrera pública con cinco categorías (ver infografía). Y para ingresar se necesita un grado o un título equivalente al programa en el que se desempeñará y al menos un año de experiencia docente y dos de experiencia laboral.


De esta forma, una vez promulgada la citada norma por el Ejecutivo, estos docentes nombrados de los institutos automáticamente se ubicarán en la primera y segunda de las cinco categorías de la carrera pública. Empezarán a percibir entre 2 mil 488 soles (los ubicados en la primera y segunda escala de la Ley de Reforma Magisterial) y 2 mil 985 soles (los que pertenecen a la tercera escala), respectivamente.

Esto significa un aumento de entre 414 y 394 soles.

"Sus nuevos sueldos cuentan con presupuesto este año y solo depende de que se promulgue la ley para hacer efectivo el pago. Eso depende también de la transferencia del dinero a los gobiernos regionales. Pero de haber una demora se les pagará desde el mes que les tocaba recibir", señaló Martha Espinoza, asesora legal de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística del Minedu.

Para el congresista Daniel Mora, ex presidente de la Comisión de Educación, este es un acto de justicia. "Han estado años olvidados los maestros nombrados de los institutos públicos y si se esperaba a que se reglamente la ley iban a recibir estos aumentos muy tarde".

Más aumentos en 2017
Según la ley, para el 2017 los docentes que hoy se ubican en la tercera escala de la Ley de Reforma Magisterial y que pasarán a la segunda categoría de la nueva carrera ganarán 3 mil 980 soles.

Lo mismo sucederá con los que se ubican hoy en la segunda escala de la Ley de Reforma Magisterial y que pasarán a la primera categoría de la nueva carrera pública. Ellos percibirán 2 mil 985 soles.

En el caso de las escuelas superiores pedagógicas, hay cerca de 2 mil docentes nombrados que accederán a una nueva carrera pública de cuatro categorías. Ellos podrán ganar entre 3 mil 980 y 7 mil 464 soles. Deben tener el grado de maestro de manera obligatoria (ver infografía).

¿Y los contratados?
En el país hay 4 mil 282 profesores contratados en los institutos tecnológicos públicos y alrededor de 1.200 en las escuelas pedagógicas.

Ellos hasta marzo pasado ganaban entre 800 y 1.100 soles al mes. Actualmente perciben 2 mil 280 soles. Y ahora, según la ley, para el 2017 deben llegar a ganar como los nombrados de la primera categoría de la nueva carrera pública en institutos públicos (2 mil 488 soles).

Se espera que con el reglamento de la Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior se hagan efectivas, para contratados y nombrados, las asignaciones por laborar en zonas de frontera, Vraem y en instituciones de educación bilingüe. Se debe precisar que los procesos de nombramiento se darán cada tres años.

Escuelas de arte
Los sueldos de los 483 docentes nombrados y 475 contratados que enseñan en las escuelas de formación artística públicas se regirán por una ley propia. Pero mientras no se elabore la norma, los primeros ganarán entre 2 mil 985 y 3 mil 980 soles, montos equivalentes a la segunda y tercera escala de la carrera pública en los institutos.


FUENTE

Docentes universitarios

Docentes universitarios recibirán aumento salarial de hasta S/ 950
Viernes, 14 de abril del 2017

ECONOMÍA09:21
La norma legal autoriza al Minedu a transferir más de 93 millones de su presupuesto a 39 de universidades públicas para el año fiscal 2017.

El Ministerio de Educación (Minedu) destinará 93 millones de soles para aumentar a partir de abril las remuneraciones a más de 15 mil docentes de universidades públicas, que no gozaban de un incremento salarial desde hace 17 años.

De acuerdo con el Decreto Supremo 103-2017-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano, el incremento salarial beneficiará a 15,808 docentes ordinarios de las universidades públicas en las categorías auxiliar, asociado y principal.

La norma legal autoriza al Minedu a transferir exactamente S/ 93’915, 601 de su presupuesto a 39 de universidades públicas para el año fiscal 2017 con el fin de financiar exclusivamente el mencionado incremento.

De esta manera, los docentes ordinarios en las categorías auxiliar y asociado, a dedicación exclusiva o tiempo completo, recibirán un incremento mensual de S/ 950; mientras que los de la categoría principal recibirán S/300.

[LEA TAMBIÉN: Subirán sueldos de maestros;hoy se promulgó ley que reforma la carrera magisterial]

En el caso de los docentes ordinarios que laboren a tiempo parcial, el incremento se calculará de manera proporcional a las horas trabajadas y teniendo como base el monto de la remuneración de su categoría.

Cabe mencionar que este incremento tiene carácter mensual permanente, remunerativo, pensionable, constituye la base de cálculo para cualquier tipo de remuneración, bonificación o pensión y estará afecto a cargas sociales.

Hasta el año 2016, un docente auxiliar y un docente asociado, a dedicación exclusiva o tiempo completo, tenían una remuneración de S/2,008 y S/3,008, respectivamente. Con este incremento, la remuneración del docente auxiliar aumentará en un 47%, mientras que la del docente asociado en un 32%.

Con esta medida, el Ministerio de Educación reafirma una vez más su compromiso con la universidad pública y con sus docentes, señala una nota de prensa enviada por este portafolio.

FUENTE

Servicio Civil

Decreto Supremo Nº 138-2014-EF, que aprueba el Reglamento de Compensaciones de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y modificatoria.
Aprueban “Normas Complementarias para la Aplicación del Reglamento de Compensaciones de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 151-2016-EF/53

Autoridad Nacional del Servicio Civil estandariza y uniformiza procesos de selección
Publicó directiva para la realización de estos procedimientos

08:38. Lima, abr. 13. La Autoridad Nacional del Servicio Civil publicó una Directiva con normas para la gestión de los procesos de selección en el Régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil.

Se trata de la Resolución N° 060-2016-Servir-PE, que se publicó ayer como una separata especial en el boletín de normas legales del Diario Oficial El Peruano.

La presente Directiva tiene por objetivo establecer las normas técnicas, métodos y procedimientos de cumplimiento
obligatorio en materia de gestión de procesos de selección del régimen de la referida Ley.

Su finalidad es estandarizar y uniformizar el proceso de selección para promover que las entidades públicas cuenten con servidores civiles idóneos de acuerdo a los perfiles de puestos, sobre la base de los principios de meritocracia, transparencia e igualdad de oportunidades.

Orden
Mediante este dispositivo se formaliza la aprobación de la Directiva Nº 002-2016-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión de los Procesos de Selección en el Régimen de la Ley Nº 30057", así como los anexos que forman parte de la misma.

Así, está el anexo Nº 01, de la Guía Metodológica para el Proceso de Selección por Concurso Público de Méritos en el Régimen de la Ley Nº 30057. El anexo Nº 02, con el Formato de Validación de Conocimientos–Contratación Directa.

Se encuentran comprendidas dentro de los alcances de la presente directiva, las entidades señaladas en el artículo 1º de la Ley Nº 30057. Con excepción de las entidades, carreras especiales y servidores establecidos en la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30057.

Principios
De acuerdo al artículo 164º del Reglamento General de la Ley, todo proceso de selección debe regirse por los siguientes principios, definidos en la Ley, como el mérito.

"El régimen del Servicio Civil, incluyendo el acceso, la permanencia, progresión, mejora en las compensaciones y movilidad, se basa en la aptitud, actitud, desempeño, capacidad y evaluación permanente para el puesto de los postulantes y servidores civiles", se señala.

Otro mérito es la transparencia. "La información relativa a la gestión del régimen del Servicio Civil es confiable, accesible y oportuna".

Asimismo, considera como un tercer principio a la igualdad de oportunidades. "Las reglas del Servicio Civil son generales,  impersonales, objetivas, públicas y previamente determinadas, sin discriminación alguna por razones de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole", indica.

(FIN) SDD/CNA

Publicado: 13/4/2016
http://www.andina.com.pe/agencia/noticia-autoridad-nacional-del-servicio-civil-estandariza-y-uniformiza-procesos-seleccion-607745.aspx
28 de Diciembre de 2015
Modifican reglamento de sueldos en la Ley Servir
 
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El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó la modificación del Reglamento de Compensaciones de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, que busca un régimen único y exclusivo para los que prestan servicios en entidades públicas.

A través de Decreto Supremo se establece la modificación de los artículos 7, 8, 9, 10, 11, 12, 15 y 21 del Reglamento de Compensaciones de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil.

El artículo 7 está asociado a la determinación de la valorización principal de un puesto de directivo público, mientras que el artículo 8 a la determinación de la valorización ajustada.

El artículo 9 está referido a la determinación de la valorización principal que corresponde a un puesto de servidor civil de carrera y al artículo 10 a la determinación de la valorización ajustada correspondiente a un puesto de Servidor Civil de Carrera.

El artículo 11 está asociado a la determinación de la valorización principal que corresponde a un puesto de servidor de actividades complementarias y el artículo 12 a la determinación de la valorización ajustada que corresponde a un puesto de servidor de actividades complementarias.

Se precisa, además, el derecho de los servidores civiles a percibir dos aguinaldos en el año, como parte de la compensación económica.
http://larepublica.pe/impresa/economia/729305-modifican-reglamento-de-sueldos-en-la-ley-servir

Carrera Profesores Universitarios

Edición Impresa del 28 de Junio de 2015
Remuneraciones de docentes universitarios
http://larepublica.pe/impresa/sociedad/11254-remuneraciones-de-docentes-universitarios