SERVICIO CIVIL


28 de Diciembre de 2015
Modifican reglamento de sueldos en la Ley Servir
   
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El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó la modificación del Reglamento de Compensaciones de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, que busca un régimen único y exclusivo para los que prestan servicios en entidades públicas.

A través de Decreto Supremo se establece la modificación de los artículos 7, 8, 9, 10, 11, 12, 15 y 21 del Reglamento de Compensaciones de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil.

El artículo 7 está asociado a la determinación de la valorización principal de un puesto de directivo público, mientras que el artículo 8 a la determinación de la valorización ajustada.

El artículo 9 está referido a la determinación de la valorización principal que corresponde a un puesto de servidor civil de carrera y al artículo 10 a la determinación de la valorización ajustada correspondiente a un puesto de Servidor Civil de Carrera.

El artículo 11 está asociado a la determinación de la valorización principal que corresponde a un puesto de servidor de actividades complementarias y el artículo 12 a la determinación de la valorización ajustada que corresponde a un puesto de servidor de actividades complementarias.

Se precisa, además, el derecho de los servidores civiles a percibir dos aguinaldos en el año, como parte de la compensación económica.

http://larepublica.pe/impresa/economia/729305-modifican-reglamento-de-sueldos-en-la-ley-servir

Más de un millón de empleados públicos sin CTS semestral
Incluso, hay 229 mil trabajadores estatales del régimen CAS que tampoco reciben este beneficio. Expertos lo consideran discriminatorio ya que debería ser igual para todos.
     
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Norma. La semana pasada, el Congreso aprobó por insistencia que los trabajadores públicos reciban su CTS cada seis meses, como en el sistema privadoNorma. La semana pasada, el Congreso aprobó por insistencia que los trabajadores públicos reciban su CTS cada seis meses, como en el sistema privado. Foto: David Huamaní.
Si bien hay más de 150 mil trabajadores estatales del régimen laboral privado (Decreto Legislativo 728) a quienes se les realiza el depósito semestral de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), aún existe una gran masa laboral del sector público que no goza de dicho beneficio.

PUEDES VER: 237 mil estatales no serían beneficiados con la CTS

Según la planilla electrónica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), hasta el 2014 se tiene registrados un millón 221 mil 554 empleados estatales, de los cuales 154 mil 121 pertenecen al régimen 728, quienes tienen derecho al monto de un sueldo de CTS por año, el cual se entrega en dos depósitos (abril y noviembre).

Sin embargo, hay un millón 67 mil 433 empleados estatales que no reciben CTS cada seis meses sino al finalizar su relación laboral. Mientras que 229 mil 557 trabajadores bajo el sistema de Contrato Administrativo de Servicios (CAS) no reciben ni un sol por concepto de CTS.

El mismo registro oficial indica que hay otros regímenes en el aparato público, cada cual con cálculos distintos para obtener una CTS.

En el caso de los trabajadores del régimen público general (Decreto Legislativo 276)reciben una CTS, pero que representa un 15% del sueldo del empleado estatal. Además se les entrega la CTS al término de la relación laboral con el Estado, según explica el laboralista Ricardo Herrera (ver enfoque).

Por su parte, el asesor legal de la Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP), Luis Castillo, manifestó que "no existe la obligación legal para que el Estado les otorgue CTS a sus trabajadores, salvo para los que están en el régimen 728".

Agregó que lo más terrible es el sistema CAS, que no le otorga ningún derecho al trabajador público sometido a este régimen.

En tanto el secretario general de la Confederación de Trabajadores Estatales del Perú, Domingo Cabrera, dijo que esta situación es completamente discriminatoria.

Consideró muy bueno que los más de 100 mil trabajadores estatales del régimen laboral 728 sean justamente reconocidos con ese derecho, pero que eso debería ser para todos los empleados públicos.

Agregó que los 232 mil trabajadores estatales del régimen 276 reciben cantidades irrisorias por CTS cuando terminan su trabajo en el aparato público.

"Para que ellos puedan verse beneficiados tendrían que pasarse al régimen del Servicio Civil (Servir), el cual se está demorando en su implementación”, afirmó.

Cabrera indicó que muchas veces los trabajadores de los diferentes regímenes en el Estado realizan las mismas labores, pero sus sueldos, bonificaciones y compensaciones son muy distintos.

"Un trabajador del régimen 276 solo recibe S/.25 por año, en cambio a los del régimen 728 se les entrega un sueldo completo por CTS", refirió.

Cabe recordar que el Congreso de la República aprobó la semana pasada y por insistencia una ley que permite a los trabajadores estatales adscritos al Decreto Legislativo 728 y a la Ley del Servicio Civil poder disponer libremente de sus depósitos por CTS, los cuales se depositarán cada semestre.


Enfoque
Régimen servir contempla CTS semestral
Ricardo Herrera - Laboralista

En el sector público una gran parte de los trabajadores –a excepción de los CAS– reciben CTS, pero de diferentes maneras y en distintos tiempos.

Los del régimen 728 reciben un sueldo completo de CTS por año, que les depositan semestralmente. Sin embargo, a los del régimen 276 aproximadamente les dan un 15% de un sueldo por año, monto que les entregan al final de la relación laboral con el Estado.

La Ley Servir busca homogeneizar esto, pues los trabajadores estatales que ingresen a este régimen recibirán su CTS semestral
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http://larepublica.pe/impresa/economia/726095-mas-de-un-millon-de-empleados-publicos-sin-cts-semestral